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El Supremo rechaza el recurso de los padres catlicos contra el currculo del Gobierno en primaria

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El Supremo rechaza el recurso de los padres catlicos contra el currculo del Gobierno en primaria

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El Alto Tribunal considera que el Real Decreto impugnado no vulnera los derechos fundamentales de libertad religiosa, igualdad y educacin.

La ministra de Educaci
La ministra de Educacin, Pilar Alegra.EFE

El Tribunal Supremo ha desestimado este mircoles el recurso interpuesto por la Confederacin Catlica de Padres de Familia y Padres de Alumnos (CONCAPA), contra el Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenacin y las enseanzas mnimas de la Educacin Primaria. El recurso peda la anulacin de la disposicin adicional dedicada a las enseanzas de religin y la supresin de determinadas referencias y menciones a los trminos “gnero” y “perspectiva de gnero”.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo destaca que el real decreto no vulnera los derechos fundamentales de libertad religiosa, igualdad y educacin, ya que “garantiza la oferta de la enseanza de la religin catlica”, “y no se produce discriminacin alguna entre aquellos alumnos que han decidido seguir, en relacin con los que eligieron no seguir la enseanza de la religin catlica”.

Para el Alto Tribunal, las dudas de la demandante sobre el aprendizaje de contenidos curriculares para los que no opten por la enseanza religiosa, resultan expresamente resueltas por la propia disposicin cuando seala que “las actividades a las que se refiere este apartado en ningn caso comportarn el aprendizaje de contenidos curriculares asociados al conocimiento del hecho religioso ni a cualquier rea de la etapa”.

Por ello, entiende que el alegato de CONCAPA “parece sustentarse no sobre la regulacin que contiene el real decreto que recurre, que expresamente prohbe lo que la demandante teme, sino sobre su posterior aplicacin prctica. Sustenta, en definitiva, las infracciones que denuncia sobre actuaciones futuras, y por tanto hipotticas. Cuando lo cierto es que cualquier incertidumbre que surja en la interpretacin y aplicacin prctica de los conceptos previstos en el apartado 3, prrafo primero, han de resolverse teniendo en cuenta la previsin del prrafo segundo citada, que aparece ntida y tajantemente formulada. Sin que ahora podamos resolver anticipadamente eventuales incumplimientos futuros, ni aventurar que la transversalidad pueda servir de excusa para sostener interpretaciones contrarias a la expuesta”.

En cuanto a las referencias al “gnero”, se cuestionan las menciones a la “igualdad de gnero” o a la “perspectiva de gnero”, que vulneran, a juicio de la demandante, la neutralidad que debe imperar en el mbito educativo. Para el Supremo, sin embargo, esa terminologa “es la que siguen las normas de la Unin Europea en todos los mbitos: “La seguridad jurdica, la igualdad, la libertad ideolgica o el derecho a la educacin no se agrietan por las referencias a la igualdad de gnero en el Real Decreto impugnado, siguiendo las pautas internacionales desde los aos 90, las normas de la Unin Europea, y la propia Ley Orgnica de Educacin que presta cobertura a las normas impugnadas”, dice el tribunal en una sentencia ponencia de la magistrada Pilar Teso.

“Las infracciones normativas que se aducen al respecto, en definitiva, no encuentran justificacin alguna en el alegato esgrimido por la parte demandante, toda vez que la mera referencia al “gnero”, sin ms, no supone adoctrinamiento alguno para los alumnos. Al contrario, cuando se alude a la “igualdad de gnero” o a la “perspectiva de gnero” se est aludiendo a la igualdad, que no olvidemos es un derecho fundamental, previsto en el artculo 14 de la Constitucin, y uno de los valores superiores de nuestro ordenamiento jurdico (artculo 1.1 de la CE)”, recuerda la sentencia.

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