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El derecho al olvido oncolgico est aprobado en el Parlamento Europeo desde hace algo ms de un ao. Adems, Blgica, Luxemburgo, Francia, Pases Bajos y Grecia ya lo tienen regulado. Ahora se suman a ellos Portugal, Italia y Espaa
El olvido oncolgico es una realidad desde este sbado para los conductores que han superado un cncer porque pueden renovar su carn de conducir con las mismas condiciones que el resto de la poblacin en general, es decir, cada dcada en el caso de tener hasta 64 aos o cada cinco aos si tienen 65 aos o ms.
Ello ser posible gracias a una orden del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Demogrfica publicada este viernes en el Boletn Oficial del Estado (BOE), y que entra en vigor este sbado. Esta medida forma parte de lo anunciado hace casi dos semanas por el presidente del Gobierno, Pedro Snchez, de que el Ejecutivo modificara antes de junio la legislacin para implantar el derecho al olvido oncolgico en algunas normas.
El derecho al olvido oncolgico est aprobado en el Parlamento Europeo desde hace algo ms de un ao. Adems, Blgica, Luxemburgo, Francia, Pases Bajos y Grecia ya lo tienen regulado. Ahora se suman a ellos Portugal, Italia y Espaa.
La orden de Presidencia, recogida por Servimedia, modifica el Reglamento General de Conductores, que establece que los conductores con trastornos oncohematolgicos y en posesin de permisos de conducir coches, motos o ciclomotores pueden renovar su carn por un periodo mximo de tres aos a partir de los tres aos de superar la enfermedad y hasta 10 aos despus de su remisin completa debidamente acreditada por un informe mdico.
Adems, la vigencia del carn de conducir para esos vehculos es de como mucho cinco aos para quienes han superado un proceso oncolgico no hematolgico.
“La regulacin actual limita considerablemente los plazos para la prrroga del permiso o licencia de conduccin a las personas que hayan sufrido una enfermedad oncolgica, a pesar de haberse acreditado por un facultativo la remisin de la misma o no existir evidencia de la enfermedad y no estar en tratamiento adyuvante”, indica la orden.
“DISCRIMINACIN INFUNDADA”
Por tanto, los conductores que han vencido un cncer y no tienen limitaciones ni secuelas fsicas seguan siendo considerados “pacientes oncolgicos a la hora de renovar el permiso o la licencia de conduccin.
“Se produce, pues, una discriminacin infundada respecto de aquellas personas que ya no tienen sntomas de la enfermedad y se han reincorporado plenamente a su vida laboral y ordinaria. Sin embargo, a pesar de ello cuando renuevan el permiso o la licencia de conduccin, se vuelve a incidir en su enfermedad, al menos a estos efectos, porque su vigencia no es la prevista, con carcter general, para el resto de la ciudadana”, seala la orden.
El Gobierno aade que en estos casos se trata de “una cuestin emocional” porque, “tras un largo y duro tratamiento y posterior recuperacin, en el momento de la expedicin del permiso o licencia se revive un proceso ya superado que la Administracin les hace recordar de manera innecesaria”.
Por ello, atiende las demandas de entidades que agrupan a las personas que han tenido una enfermedad oncolgica, que haban pedido cambiar el Reglamento General de Conductores por considerar que no est fundamentada la incidencia negativa de superar un cncer en la seguridad vial.
Por tanto, estos conductores podrn desde este sbado renovar el carn de conducir sin que su vigencia sea de tres o cinco aos, sino “por razn de la edad”, es decir, por otros 10 aos en el caso de los que tienen hasta 64 aos y por otros cinco en el de los de 65 aos o ms. “Se trata de asimilarlas al resto de la ciudadana, ya que son personas que han superado la enfermedad y se encuentran en las mismas condiciones que la poblacin en general”, subraya Presidencia.
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