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El juzgado rechaza la peticin de Snchez de declarar por escrito y mantiene la citacin en La Moncloa por el 'caso Begoa Gmez'

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El juzgado rechaza la peticin de Snchez de declarar por escrito y mantiene la citacin en La Moncloa por el 'caso Begoa Gmez'

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Pedro Snchez tendr que testificar en La Moncloa ante juez Juan Carlos Peinado. El Juzgado de Instruccin 41 de Madrid ha rechazado este viernes la peticin del presidente del Gobierno de declarar por escrito en el caso en que se investiga a su mujer, Begoa Gmez. As pues, la testifical se practicar el prximo martes 30 de julio en el complejo presidencial.

“Ha de mantenerse la toma de la declaracin en los mismo trminos y condiciones en que fue acordada”, dice en su resolucin el juez que acta estos das en sustitucin de Peinado, que ha cogido unos das libres. “Lo anterior no obsta a que, si el testigo cree que puede colaborar eficazmente con la Administracin de Justicia, tal y como manifiesta en su escrito, participando al Instructor hechos relevantes de los que ha tenido conocimiento por razn de su cargo, lo ponga de relieve en dicha declaracin a fin de que se realice una nueva concerniente a esos hechos y esta vez por escrito”.

La clave de la discrepancia est en si el presidente del Gobierno ha conocido los hechos por los que va a testificar por razn de su cargo o simplemente como marido de la investigada por trfico de influencias y corrupcin en los negocios. En el primer caso, la ley le concede la posibilidad de responder por escrito. El segundo, contempla que el juez se desplace a su domicilio y despacho oficial. El juez considera que estamos ante la segunda opcin, algo de lo que discrep Snchez en su carta al juez.

“Es obvio que el magistrado titular de este Juzgado [dice el juez en referencia a Peinado] ha tenido en consideracin el carcter en el que debe ser prestada la declaracin del testigo, pues la norma contenida en [la Ley de Enjuiciamiento Criminal] distingue cundo los hechos sobre los que habr de deponer el mismo ha tenido conocimiento por razn de su cargo y cundo no”.

El instructor acuerda que se comunique a Snchez su decisin a travs del mismo medio en que se acord citarle, es decir, enviando a La Moncloa a la Polica Judicial.

La situacin queda, por tanto, as: el juez tiene resuelto personarse en La Moncloa el prximo martes a las 11 de la maana. El presidente del Gobierno carece ya manera efectiva de recurrir y bloquear la decisin. La ley contempla expresamente el caso de que se resista a recibir al juez o que, ya iniciado el interrogatorio, se niegue a responder a lo que debe. En ese caso el juez debe dar cuenta al fiscal para que acte como corresponda. Dado que el juez se ha opuesto a la testifical, eso equivaldra a nada.

“La resistencia de cualquiera de las personas a que se refieren los apartados 3 y 5 del artculo 412 [ah entra el presidente del Gobierno] a recibir en su domicilio o residencia oficial al Juez, o a declarar cuanto supieren sobre lo que les fuere preguntado respecto a los hechos del sumario, se pondr en conocimiento del Ministerio Fiscal para los efectos que procedan”, establece el artculo 414 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Al presidente del Gobierno, as como a ministros y otras autoridades, no le aplica lo que sucede al resto de ciudadanos que se resistan a testificar: que se les puede multar y, si persisten, detenerlos para llevarlos ante el juez, adems de imputarles por obstruccin a la Justicia o resistencia a la autoridad.



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