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Conflicto con la Fiscala Europea. El juez instructor del llamado “caso Koldo”, Ismael Moreno, que investiga presuntas comisiones por la venta de mascarillas durante la pandemia, ha rechazado entregar a la Fiscala Europea este procedimiento y ha acordado plantear una cuestin de competencia positiva entre su juzgado y la Fiscala Europea ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
El Alto Tribunal tendr que dirimir qu rgano es el competente para investigar los hechos, incluidos los contratos adjudicados por los contratos adjudicados por los Servicios de salud Balear y canario que investiga la Fiscala Europea, manteniendo esta su competencia en los hechos relativos a la comisin de un posible delito contra los intereses financieros en la UE.
En su auto, el magistrado acuerda remitir a la Fiscala Europea testimonio de sus actuaciones quedando las originales en el Juzgado de Instruccin 2 de la Audiencia Nacional mientras se pronuncia el Tribunal Supremo sobre la cuestin planteada.
Mientras se decida la cuestin de competencia, explica la resolucin, el Juzgado 2 de la Audiencia Nacional acordar nicamente aquellas diligencias urgentes dirigidas a asegurar la investigacin y el ejercicio de la accin penal.
En su escrito, el juez Ismael Moreno explica que los hechos investigados en su juzgado constituyen presuntos delitos de cohecho, trfico de influencias, organizacin criminal y blanqueo de capitales, a los que se aadi posteriormente el delito contra la hacienda pblica.
Estos delitos, segn el magistrado, no perjudican los intereses financieros de la UE y no se encuentran indisociablemente vinculados con los delitos competencia de la Fiscala Europea “sin que los mismo sean instrumentales o accesorios de aquellos que perjudican a los intereses financieros de la Unin”.
El auto del juez analiza el Reglamento UE del Consejo que regula las competencias de la Fiscala Europea y, en lnea con la Fiscala Anticorrupcin, considera que en estas diligencias existe una mayor afectacin a los intereses nacionales que a los de la UE.
Adems, el instructor entiende que el Juzgado Dos de la Audiencia se encuentra en mejores condiciones que la Fiscala Europea para investigar y ejercer la accin penal en relacin con los delitos antes mencionados, “ello sin perjuicio de la competencia que la Fiscala Europea tiene respecto a las infracciones que afecten de forma directa a los intereses de la UE”.
El juez recuerda que por las competencias de la Audiencia Nacional, que asumen los delitos de terrorismo y los cometidos fuera del territorio nacional, el juzgado se haya en mejores condiciones que la Fiscala Europea ya que desde hace varias dcadas viene conociendo de causas no solo nacionales, sino de mbitos transnacionales de ilcitos penales cometidos por organizaciones delictivas sin que el carcter especfico de los delitos objeto de investigacin en el presente procedimiento puedan constituir una grave amenaza para los intereses financieros de la Unin o para el prestigio de sus instituciones y la confianza que los ciudadanos depositan en ellas.
La resolucin hace mencin a la jurisprudencia del TS en relacin con el criterio de la eficacia en la investigacin y que tiene en cuenta cul de los rganos en conflicto tiene avanzada la investigacin por haber practicada diligencias. As, en esta causa, Moreno indica que su juzgado ha adoptado ya mltiples resoluciones para la averiguacin y esclarecimiento de los hechos y las personas responsables, como interceptaciones de comunicaciones, entradas y registros, intervencin de gran cantidad de dispositivos electrnicos de distinta ndole, volcados y anlisis de su contenido, as como medidas sobre el aseguramiento de bienes.
En relacin con la indivisibilidad y conexidad, el instructor, una vez analizada la jurisprudencia, comparte el criterio de Anticorrupcin cuando seala que no cabe hablar en este caso de indivisibilidad.
Respecto al derecho de avocacin de la Fiscala Europea, por el que pide asumir la competencia de una causa, el auto recuerda los pronunciamientos del Tribunal Supremo en los que ha ido perfilando los lmites de la Fiscala Europea sobre esta materia.
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