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El CIS pide a la Abogaca del Estado que recurra el expediente sancionador contra Tezanos por su encuesta sobre el parn de Snchez

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El CIS pide a la Abogaca del Estado que recurra el expediente sancionador contra Tezanos por su encuesta sobre el parn de Snchez

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El Centro de Investigaciones Sociolgicas (CIS) le ha pedido a la Abogaca del Estado que interponga un recurso contencioso administrativo contra el acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) que abri, el lunes, un expediente sancionador contra el centro y contra su presidente, Jos Flix Tezanos.

La Junta, que es el organismo que arbitra los procesos electorales cree que la Encuesta flash que hizo el CIS sobre los cinco das de parn del presidente del Gobierno podran vulneraran con claridad no slo la Ley Electoral, sino, tambin, la instruccin de la Junta del 2 de febrero de este ao en la que se especifica cmo deben operar las encuestas pblicas.

La resolucin de la Junta, tras un recurso del PP, apunta a una “infraccin electoral susceptible de ser sancionada con multa de 3.000 a 30.000 euros” a Tezanos. Contra esto cabe la interposicin de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificacin, y eso es lo que le ha pedido Tezanos a la Abogaca del Estado.

Hay que recordar que hace dos semanas, despus de que el presidente del Gobierno publicara la carta en la que sopesaba una posible dimisin, el socilogo socialista activ a sus entrevistadores para realizar sus cuestionarios telefnicos y tener resultados en poco tiempo. El sondeo se bas en 1.809 entrevistas realizadas el viernes 26 de abril, una muestra que es algo menos de la mitad que en un barmetro mensual.

El artculo 69.8 de la Ley Electoral estipula que “en el supuesto de que algn organismo dependiente de las Administraciones Pblicas realice en perodo electoral encuestas sobre intencin de voto, los resultados de las mismas, cuando as lo soliciten, deben ser puestos en conocimiento de las entidades polticas concurrentes a las elecciones en el mbito territorial de la encuesta en el plazo de cuarenta y ocho horas desde la solicitud”.

Adems, la ltima instruccin de la JEC a este respecto obliga a cualquier “organismo dependiente de cualquiera de las Administraciones Pblicas” a “comunicar previamente a la Junta Electoral Central” toda encuesta que realice.

El CIS no cumpli ese trmite, pero desde el centro se argumenta que no tena por qu hacerlo, ya que ellos preguntaron por el voto en las elecciones generales, que no estn convocadas, y no en las catalanas ni en las europeas. “Por lo tanto, no existe obligacin alguna para el CIS en lo concerniente a los perodos electorales de este tipo de comicios”, asegura el organismo en un comunicado.

El equipo de Tezanos aade que preguntar por la intencin general de voto es algo que se hace todos los meses, en cada barmetro. Y los anteriores, “a pesar de haberse realizado durante el perodo electoral de las elecciones gallegas y vascas, no han sido objeto de cuestionamiento”, aducen.



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