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No le escribi ningn mensaje. No quiso contactar con ella. Pero visit su perfil de TikTok y la vctima recibi al instante la notificacin en su mvil de que su ex pareja estaba viendo los vdeos que ella haba subido a su cuenta, suficiente para que el Juzgado de Violencia sobre la Mujer n 1 de Badajoz haya condenado a Joao Paulo R.M., de 57 aos, a una pena de cuatro meses de prisin, que ya la est cumpliendo en la crcel, segn informa Fernando Cumbres, el abogado de la ex pareja.
Los hechos probados de la sentencia 108/2024, de 26 de julio, sealan que el acusado, ciudadano portugus con antecedentes penales “no computables a efectos de reincidencia”, haba sido condenado mediante una sentencia firme el 2 de mayo de este mismo ao a la pena de prohibicin de aproximacin a menos de 200 metros respecto a su ex pareja sentimental, tanto con respecto a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar que se encontrara la vctima durante dos aos, “as como a la prohibicin de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento durante el mismo tiempo”. Era responsable penal de un delito de coacciones y este mismo juzgado, en sentencia firme, y tambin tena que hacer frente a 40 das de trabajos en beneficio de la comunidad. En otro caso anterior con otra mujer, ya haba sido condenado por amenazas.
Ms de dos meses despus de la sentencia, el 15 de julio, y con la pena ya en vigor desde el primer da que se emiti el fallo, sobre las 16:08 horas el hombre accedi al perfil de TikTok de su ex pareja desde el suyo propio, “a sabiendas de que la aplicacin notifica de forma automtica esta accin a los usuarios de la misma”, segn el fallo. Slo con esa visita ha bastado, no por ponerse en contacto con ella, para ser condenado como autor responsable de un delito de quebrantamiento de condena del artculo 468.2 del Cdigo Penal. La Fiscala haba pedido para el acusado seis meses de prisin, inhabilitacin especial para el derecho de sufragio pasivo y abono de las costas procesas, rebajando final la sentencia, por acuerdo entre las partes, en dos meses, y debiendo de afrontar las costas. La defensa de la vctima no ha recurrido la sentencia, por lo que sta ha sido declarada firme. Hay que subrayar que el perfil en esta red social de la vctima es pblico, pero no tena ni como amigo ni como seguidor a su ex pareja.
Fernando Cumbres, abogado que actuaba en representacin de la acusacin particular, asegura que se trata de una sentencia “pionera” porque “no estamos hablando de intentar interactuar con ella, mandarle un mensaje privado, darle un like, ni nada por el estilo, que eran los fallos que haba hasta el momento, sino que slo por el hecho de entrar al perfil de ella para ver los vdeos que tena publicados”. De esta manera, corrobora Cumbres, “se quiebra la orden de no aproximacin a la vctima, y adems l era consciente de que al acceder a su cuenta a ella le iban a notificar que lo haba hecho, y por eso entendemos que hay quebrantamiento”, apostilla.
Para el abogado de la mujer, el caso “abre de lleno el debate sobre la distancia ya no solo en el mundo real y fsico sino sobre la era y el mundo digital, y tambin en el modo de comunicacin porque ha accedido a un mbito de paz y armona de la vctima que atenta contra su tranquilidad.
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