[ad_1]
Fin de la investigacin de la causa de Tsunami Democrtic con el consecuente alivio penal para el lder de Junts. La magistrada de la Sala de lo Penal Susana Polo, instructora del ‘denominado caso Tsunami’, ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa especial en la que se investiga a los aforados Carles Puigdemont y Rubn Wagensberg.
En un auto notificado este martes, la juez explica que toma esta decisin tras la resolucin de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que este lunes declar invlidas las diligencias acordadas por el titular del Juzgado Central de Instruccin Nmero 6, Manuel Garca Castelln, en los ltimos tres aos por haber dictado fuera de plazo la prrroga de la causa.
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional consider ayer que la prrroga dictada por el instructor fue extempornea y orden a Garca Castelln que dicte la resolucin respetuosa con en el artculo 779 de la Ley de enjuiciamiento Criminal. La Seccin Tercera estim los recursos de dos investigados e invalid tres aos de investigacin y decenas de diligencias, entre ellas la exposicin razonada con los indicios contra Puigdemont.
El magistrado Manuel Garca Castelln, de forma inmediata, interrumpi sus vacaciones y dict un auto con el sobreseimiento del procedimiento. El juez archiv la causa respecto a las 10 personas investigadas en la Audiencia Nacional.
Por su parte, la magistrada Polo seala ahora que antes del 29 de julio de 2021, que es el lmite temporal para haber realizado diligencias de investigacin segn lo acordado por la Audiencia Nacional, “no se llev a efecto ninguna investigacin de la causa determinante de la participacin de los investigados en los hechos que se le imputa, as se desprende del auto de archivo dictado por el instructor del Juzgado Central, en el que consta que no se haba acordado ni tomado declaracin a ninguno de los investigados -tampoco ha tenido lugar la de los aforados en la presente causa- lo que impide que las actuaciones puedan continuar por los trmites del procedimiento abreviado”.
Por tanto, de conformidad con el apartado 1 del artculo 779 de la ley procesal, la instructora del Supremo acuerda el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones para los dos aforados.
[ad_2]
Source link